Catastro Multipropósito

Introducción al Catastro Multipropósito 

El Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC, de acuerdo con la visión conjunta de la política pública de Ccatastro Mmultipropósito, – CM- definida por el Gobierno Nacional y como ente regulador en el ámbito catastral a nivel nacional, es la entidad facultada para definir los estándares, especificaciones técnicas de producto y lineamientos para la metodología de la gestión catastral.  

Conforme lo señala el documento CONPES 38591 del 13 de junio de 2016, “El catastro es un instrumento para la identificación y medición de los predios que integran un territorio, en adición usado en la gestión fiscal y la definición de los derechos de propiedad. Sin embargo, el enfoque multipropósito que puede adquirir el catastro, lo convierte en un instrumento único para llevar a cabo eficazmente otras finalidades centrales del Estado como la planeación, el ordenamiento territorial y ambiental, la gestión de tierras, la programación y asignación de inversiones y, en general, la formulación y ejecución de políticas públicas de toda índole en los territorios.”  

En este orden, la introducción de una regulación en torno al Ccatastro Mmultipropósito se presenta como una oportunidad para resolver conflictos relacionados con la gestión de la tierra que han aquejado a la sociedad colombiana por décadas. Lo anterior, debido a que éesta poderosa herramienta permite identificar, caracterizar y medir con exactitud los predios que componen el territorio; contribuye a garantizar la seguridad jurídica de la propiedad y establecer la vocación del suelo. Es, en esa medida, una herramienta insustituible de planificación e información para promover el adecuado ordenamiento y aprovechamiento productivo del territorio, la restitución y formalización de los derechos de propiedad, y el manejo o reducción de la conflictividad por el uso del suelo, entre otros aspectos. 

Teniendo en cuenta lo anterior, en la Ley 1753 de 20152, se  estableció que el Gobierno Nacional promoverá la implementación de un Ccatastro con enfoque Mmultipropósito3 y realizará, mediante levantamientos por barrido predial masivo, las actividades necesarias para la formación y actualización catastral4 de manera gradual, integral y coherente entre el catastro y el registro; en paralelo el  IGAC, de manera conjunta con la Superintendencia de Notariado y Registro – SNR, construyeron  el documento de conceptualización y especificaciones técnicas de producto versión 2.1.1 “Estándares para la implementación del barrido predial masivo con enfoque multipropósito para el país”, con la finalidad de atender los mandatos de la Ley del Plan en cuanto a lo relacionado a Ccatastro Mmultipropósito. 

Posteriormente, mediante el CONPES 3958 de 20195 se estructuraron lineamientos de orden político para el desarrollo de una fase subsiguiente, se establecen entre las características del Ccatastro Mmultipropósito el obtener la información completa sobre la situación legal e informal de los predios que conforman el territorio. Esta característica equivale a la capacidad del catastro para recolectar y poner a disposición la información completa y exacta sobre la situación legal y real de todos los predios, eliminando errores e inconsistencias sobre la identificación e individualización de predios y su titularidad, e identificando todas las relaciones formales e informales de tenencia de la tierra.  

En tal sentido, el Catastro Mmultipropósito busca capturar la información real sobre la tenencia de la tierra, a través de la inscripción catastral de las relaciones formales e informales. La relación formal de tenencia será aquella que cuenta con título inscrito6 en el registro público de la propiedad inmueble, donde se acredita la propiedad, existiendo identidad entre el propietario que figura en el citado título y quien ejerce la propiedad, directamente o a través de otro. Por el contrario, será informal aquella que no dispone de título inscrito en el registro público de la propiedad inmueble o que, teniéndolo, no existe identidad entre el propietario que figura en el citado título y quien ejerce la propiedad. 

Mediante artículo 79 de Ley 1955 de 20197 se estableció que la gestión catastral es un servicio público y tiene como propósito la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 80, 81 Y 82 de la mencionada Ley, se hace necesario reglamentar el marco de la gestión catastral, con el fin de especificar las condiciones generales del servicio público de gestión catastral, definiendo los aspectos esenciales de la prestación del servicio, tales como: la actuación coordinada de las entidades administrativas para que el servicio sea prestado de manera eficiente, la manera como los gestores y operadores catastrales desarrollarán sus actividades en la prestación del servicio y las funciones que tendrán las entidades de regulación, inspección, vigilancia y control del servicio público. 

Finalmente, se complementó el ámbito normativo catastral con la generación de varios actos administrativos de diferente nivel: i)el Decreto 1983 de 20198 que desarrolla el proceso de Habilitación de Gestores Catastrales y establece los requisitos de idoneidad para Operadores Catastrales, ii) el Decreto 148 de 20209 que determina las disposiciones generales del servicio público de gestión catastral, los procedimientos de enfoque multipropósito, información económica catastral, de la inspección y vigilancia y control de la gestión catastral y iii) la Resolución IGAC No. 388 de 2020 “Por la cual se establecen las especificaciones técnicas para los productos de información generados por los procesos de formación y actualización catastral con enfoque multipropósito”. 

Teniendo en cuenta lo anterior, el modelo general de operación catastral corresponde al conjunto de actividades a desarrollar para la ejecución de la gestión catastral con enfoque en CM y se define en tres grandes fases. Inicia  con la fase preoperativa, que contempla el desarrollo de actividades y procedimientos para la planeación general de la intervención en el territorio, alistamiento por parte del gestor y operador catastral, disposición de información primaria y secundaria en el sistema de Ccatastro Multipropósito, continuando con la generación de una caracterización del territorio a intervenir, lo que permitirá la realización de una planeación del proyecto por parte del operador catastral o el gestor catastral., Ttodo lo anterior debidamente formalizado a través de la expedición de un acto administrativo de apertura del proceso catastral  y cerrando esta fase con la realización de actividades de interlocución comunitaria; se  prosigue con la fase operativa, la cual inicia  con la realización de  espacios de participación e interlocución, para dar paso a las actividad de identificación predial,  mediante la realización del levantamiento planimétrico predial y el diligenciamiento de las variables del Mmodelo de Aaplicación del Llevantamiento Ccatastral LADM_COL a través de  métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o la combinación de los mismos. 

Esta tarea comprende la medición de la posición de los vértices (puntos de lindero y puntos de levantamiento) que componen los linderos de los terrenos, las construcciones y las servidumbres de tránsito, simultáneamente y con criterios más generales, se desarrolla la determinación del avalúo catastral a través de la utilización  de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas u otra metodología que permita determinar los valores catastrales para cada uno de los predios individuales y colectivos,;  posteriormente se desarrolla la actividad de control de calidad  y subsiguientemente, se realiza la actividad de socialización del levantamiento planimétrico predial y firma de actas y reportes de colindancia, para luego  generar las bases de datos en estándar del Mmodelo de Aaplicación de Llevantamiento Ccatastral LADM_COL.  

Finalmente, en la fase post operativa se realiza la validación de los entregables de la operación catastral , se consolida las bases de datos catastrales y se genera el acto administrativo del cierre del proceso catastral, para posteriormente realizar la inscripción catastral en los sistemas de gestión (SNC y COBOL), - y realizar una actividad de cierre institucional y comunitario en el municipio,  para posteriormentey finalmente, disponer información en el Sistema Nacional de Información Catastral – SINIC.  

Durante el desarrollo del proceso catastral se efectúa un monitoreo continuo para generar acciones que permitan un óptimo aseguramiento de calidad.