Gestores Catastrales

Enviado por admin_drupal_icde el Mié, 15/09/2021 - 19:49
Abecedario
G
Definición del Término

Son las entidades públicas del orden nacional o territorial, así como los esquemas asociativos de entidades territoriales, que hayan sido habilitadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, según la reglamentación dispuesta para tal efecto, así como el IGAC, por excepción. De igual manera, se consideran Gestores Catastrales, los catastros descentralizados y delegados titulares de la gestión catastral. Es también Gestor Catastral la Agencia Nacional de Tierras, en los términos del artículo 80 de la Ley 1955 de 2019. La presente definición se entenderá en concordancia con las normas que regulen la materia.